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Conducir ebrio sí es delito aclara Asamblea
Carlos Ramos
politica@laprensa.com.sv

Los diputados critican a la Fiscalía por no aplicar la reforma penal a los conductores ebrios cuando no van acompañados.

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  Debe quedar claro que el delito de conducción temeraria se comete ya sea que el conductor vaya acompañado o no de otra persona.”

Guillermo Gallegos,
diputado de la fracción de ARENA.

 

  La interpretación auténtica de la reforma es oportuna para que las autoridades apliquen correctamente la reforma penal.”

Nelson García,
diputado de la fracción del FMLN.

 

En el marco de la ley

Sanción

3

años de prisión es la pena que se impone a los conductores ebrios.

Procesados

2

personas han ido a parar a los tribunales por conducción temeraria.

 

Dos interpretaciones a la enmienda al Código Penal

Una vez entró en vigor la reforma penal, la Fiscalía y la Policía comenzaron a analizarla y determinar en qué circunstancias se debe entender la conducción temeraria.

Art. 147

¿Qué dice la reforma sobre la conducción temeraria?

El que mediante la conducción de un vehículo de motor y por su evidente desprecio de las normas de seguridad vial pusiere en grave peligro la vida o la integridad física de las personas será sancionado con pena de prisión de uno a tres años, e inhabilitación al derecho de conducir vehículos por igual tiempo. Se considera conducción temeraria manejar en estado de ebriedad, drogas o realizar competencias en la vía pública.

Si el conductor ebrio va solo no es delito

Fue la Fiscalía General de la República la que llegó a la conclusión de que no se podía aplicar la disposición penal a un conductor ebrio que no lleve otras personas en su vehículo.

Policía acata la recomendación

La Policía Nacional Civil también concluyó que no se podía determinar si una persona por conducir en estado de ebriedad o endrogado ponía en riesgo la vida de los demás.

La Asamblea Legislativa se apresta a hacer una interpretación auténtica a la reforma penal al artículo 147-E, que castiga con prisión de uno a tres años la conducción temeraria de vehículos automotores, específicamente en el caso de manejar ebrio.

La iniciativa, que será presentada mañana por ARENA al pleno, surge luego de que la Fiscalía General giró instrucciones a la Policía Nacional Civil (PNC), para que aplique la disposición sólo en los casos en que el conductor ebrio provoque accidentes o lleve en su carro a otra persona.

El diputado de ARENA Guillermo Gallegos explicó que, a pesar de que la normativa en ninguna parte hace la salvedad que aduce la Fiscalía, ésta la ha aplicado con diferenciación.

“El delito se consuma ya sea que la persona que maneja un carro bajo los efectos de las bebidas alcohólicas va en compañía de otros o no”, sostuvo Gallegos.

Sobre esa base, el político adelantó que su partido presentará mañana al pleno una pieza de correspondencia para que quede claro que la ley se debe aplicar en cualquiera de las dos circunstancias antes apuntadas, algo que el FMLN está deseoso de apoyar.

Al político no le cabe duda de que una persona que maneja alcoholizada o endrogada puede poner en riesgo la seguridad de los peatones o de otros conductores “y no se le va a aplicar una multa sólo porque iba solo”, manifestó.

Pero no sólo eso. El legislador cree oportuno que se incluya un agravante, de tal forma que al motorista que cometa el delito y se compruebe que no tiene licencia de conducir se le inhabilite la obtención del documento al menos durante el doble del tiempo que dure la condena que le haya impuesto un juez.

El efemelenista Nelson García coincidió con Gallegos en que el delito de conducción temeraria se aplica a los motoristas ebrios independientemente de que en su vehículo lleven compañía o no.

“Para nosotros, indistintamente de que una persona lleve compañía o no en su vehículo es una amenaza para todas las personas que transitan y, por tanto, la ley se debe aplicar”, reiteró el parlamentario de izquierda.

Por eso, apoyarán la propuesta de ARENA.


Aumentar años de cárcel

Ambos partidos, incluso, no descartan que a futuro se pueda hacer otra reforma a la normativa, orientada a aumentar la sanción a más de tres años de cárcel para que el delito no sea excarcelable, pero antes observarán cómo funciona.

“Ésta es una posibilidad que vamos a estudiar posteriormente; antes hay que ver qué resultados se obtienen con la reforma”, comentó Gallegos.


Fiscalía decidió no procesar a 11 conductores ebrios

De 16 motoristas borrachos detenidos, sólo dos han pasado a los tribunales de justicia.

Desde que entró en vigor la penalización por conducir de forma temeraria, el lunes 9 de agosto, la Policía ha capturado a 16 personas que conducían en estado de ebriedad.

El inspector Víctor Manuel Herrera, de la Policía de Tránsito, explicó que sólo dos de los detenidos han pasado a las órdenes de los tribunales de justicia. De los dos procesados judicialmente, sólo una mujer fue condenada a un año y medio de prisión, pero salió beneficiada con medidas sustitutivas.

Sostuvo que en 11 de los casos, la Fiscalía ha desestimado la acción penal y los acusados de conducir temerariamente quedaron en libertad.

Herrera señaló que los fiscales argumentaron que esos conductores borrachos no ponían en riesgo la vida de alguna persona porque no llevaban acompañantes, ya que ésa fue la interpretación que la subjefa del área penal de la FGR, Deisi de Rodríguez, dio al decreto el 12 de agosto anterior.

“No todos los casos en que alguna persona maneja en estado de ebriedad constituyen delito de conducción temeraria”, dijo en esa ocasión la fiscal.

El jefe policial no estuvo de acuerdo cuando se le consultó ayer. “La conducción temeraria implica someter a riesgo la vida o la integridad física de las demás personas, ya sea conductores o peatones. Desde el momento en que está conduciendo en estado de ebriedad se define que es conductor, que es una amenaza”, dijo Herrera.

Explicó que algunos de los conductores detenidos causaron accidentes con más de ocho personas golpeadas.

Las últimas tres de las 16 detenciones ocurrieron entre las 8 y 8:30 de la noche del lunes pasado en San Salvador. Éstos aún están a la espera de la decisión de la Fiscalía; si los deja en libertad o los envía a tribunales.

El primero en caer fue Rubén Alcides Flamenco Herrera, de 37 años, luego de causar un triple accidente vial en el bulevar de Los Héroes y la calle Gabriela Mistral. En el accidente hubo dos personas golpeadas.

El inspector Herrera aseguró que el alcotest reveló que Flamenco tenía 165 grados de alcohol, o sea 15 más que la concentración a partir de la cual se considera ebriedad.

Veinte minutos más tarde, los policías de Tránsito arrestaron a Marcos Nelson Rosales Chávez, de 35, quien conducía con 243 grados. Su captura ocurrió sobre la 29.ª calle poniente y 11.ª avenida norte, de San Salvador. Rosales iba acompañado de otra persona.

La tercera detención se produjo a las 8:30 de la noche sobre la 10.ª avenida norte. Santos Orlando Belloso, de 55 años, al parecer abogado, tenía 198 grados de alcohol cuando chocó el microbús que manejaba contra un carro particular, provocando dos golpeados.




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